En los tiempos que corren debemos buscar todo tipo de ayudas o elementos de los que nos podamos desgravar para así mantener nuestra economía a flote, al menos que ayuden. Es por ello por lo que en muchos casos tenemos la posibilidad de llevar a cabo este tipo de movimientos en nuestra declaración de la renta si vivimos de alquiler o tenemos una hipoteca.
Esto es algo que desde hace mucho tiempo podemos llevar a cabo anualmente cuando realizamos nuestra declaración de la renta. Si tenemos en cuenta cómo está la economía general de la mayoría de las personas en estos momentos, este tipo de desgravaciones seguro que no le viene mal a casi nadie. En estas mismas líneas nos queremos centrar en dos de las situaciones más habituales y los que nos vemos inmersos la mayoría.
En concreto nos referimos a la posibilidad de desgravarme parte del alquiler donde vivo o de la hipoteca de mi casa. Esto es algo que la mayoría podéis llevar a cabo cuando realizáis la declaración de la renta, pero eso sí, hay que tener en cuenta que para ello debemos cumplir una serie de requisitos previos. Por esta razón a continuación os vamos a hablar de las posibilidades que tenéis de desgravaros, ya sea el alquiler o la hipoteca en la declaración de la renta, ya la hagamos de forma presencial, o a través de Internet en el navegador.
En el caso de que cumpláis los requisitos exigidos por Hacienda, podréis hacer efectivo todo ello y así ahorrar un dinero de aquí a unos meses.
Requisitos para cumplir y desgravarme el alquiler
Vamos a empezar por la posibilidad de que vivamos de alquiler y deseemos desgravar el mismo en la próxima declaración de Hacienda. Tal y como os comentamos antes para todo ello tendremos que cumplir una serie de requisitos que precisamente os vamos a describir a continuación. Lo primero que debemos saber es que cada comunidad autónoma aplica deducciones al alquiler dependiendo de las circunstancias personales. Pero en todas ellas debemos tener en cuenta lo siguiente de forma común:
- Las deducciones por edad se aplican a los menores de 35 años con desgravaciones que pueden ir del 10% al 30%.
- Si se comparte piso cada contribuyente puede deducirse lo que se paga de forma individual al mes como parte del total.
- Para desgravar el alquiler el contrato debe estar registrado en la oficina liquidadora de la correspondiente comunidad autónoma.
- Además, hay que depositar la fianza exigida en el correspondiente Instituto de la Vivienda.
- La base máxima de la deducción es de 9.040 euros anuales si la base imponible es igual o inferior a 17.707,20 euros.
Cómo me puedo desgravar la hipoteca
Algo similar sucede entre todos aquellos que en estos momentos disponen de una hipoteca y se quieren desgravar la misma en la próxima declaración de la renta. A continuación, veremos los requisitos básicos que se deben cumplir para todo ello.
- Es imprescindible que la vivienda hipotecada sea nuestra residencia habitual.
- No se puede desgravar un apartamento vacacional o un piso para alquilar a otras personas.
- Igualmente, es imprescindible haber comprado la vivienda hipotecada antes del 1 de enero de 2013.
- A esta fecha le debemos añadir que debemos haber aplicado la deducción para desgravar la hipoteca en el ejercicio del año 2012 o anteriores.